Hacia un concepto único del orden público en el arbitraje: la seguridad jurídica
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n2a2404Palabras clave:
orden público económico, ERROR, CONSUMIDOR, prácticas restrictivas de la competencia, anulabilidadResumen
Hay una necesidad de concretar un concepto unívoco, único y no diverso u oportunista del orden público en el arbitraje, tanto interno como internacional, de tal manera que los operadores jurídicos y las cortes arbitrales apliquen un concepto que otorgue seguridad jurídica a los interesados en los Laudos y Sentencias arbitrales que puedan recaer en los arbitrajes en los que se alegue tal causa de impugnación o de nulidad de la decisión arbitral definitiva. Por otra parte, tanto desde el punto de
vista procesal como del material, tampoco puede haber divergencias al respecto, sobre todo si se tiene en cuenta la unificación básica de los principios fundamentales de los ordenamientos jurídicos que respetan los derechos fundamentales así como del sistema económico en el que se desenvuelve el arbitraje interno e internacional.
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Derechos de autor 2024 José Manuel Suárez Robledano
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