Una reflexión en torno a la arbitrabilidad de las disputas bajo acuerdos de protección de inversiones. Nota al Auto del TSJM de 18 de junio de 2024

Autores/as

  • José Ángel Rueda García

DOI:

https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n16.1a3003

Palabras clave:

APPRI, Arbitraje de inversiones, Convenio de Nueva York, arbitrabilidad, TSJ de Madrid

Resumen

El Auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 18 de junio de 2024 otorgó 
el execuátur al laudo arbitral dictado en el caso Strabag SE c. Libia bajo el APPRI Austria-Libia. La disputa derivaba de los daños sufridos por la demandante por la insurrección en Libia en 2011 que provocó incumplimientos en seis contratos de construcción. El TSJM aplicó correctamente el Convenio de Nueva York al execuátur del laudo, dictado bajo el Mecanismo Complementario del CIADI, validando en particular la la arbitrabilidad de la disputa bajo la Ley de Arbitraje española. Aunque el resultado es acertado, siendo la primera vez que en España se aplica el Convenio a un laudo no CIADI de arbitraje de protección de inversiones bajo un APPRI, el TSJM podría haber proporcionado un análisis distinto a la arbitrabilidad de la controversia habida cuenta de que el inversor no era parte en los contratos y que invocó varios estándares de protección de inversiones recogidos en el APPRI.

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Biografía del autor/a

  • José Ángel Rueda García

    Doctor en Derecho. Abogado. Socio de Cuatrecasas.

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Publicado

01-06-2025

Cómo citar

Rueda García, J. Ángel . (2025). Una reflexión en torno a la arbitrabilidad de las disputas bajo acuerdos de protección de inversiones. Nota al Auto del TSJM de 18 de junio de 2024. Arbitraje, 16(1). https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n16.1a3003