Sentencia de la sala cuarta de negocios generales de la corte supre ma de justicia de Panamá

Autores/as

  • Augusto García Sanjur

DOI:

https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2340

Palabras clave:

arbitraje, no signatarios, consentimiento, pro arbitraje, realidad económica

Resumen

El arbitraje es el producto del consentimiento de las partes al acordar resolver una disputa mediante este mecanismo. Dicha disputa podría incluir directa o indirectamente a una persona o compañía que no ha firmado el contrato que dirige al arbitraje. A pesar de no
haber firmado el contrato, su rol en el mismo pudo haber tenido una relevancia importante que, sin su inclusión en el procedimiento, el arbitraje perdería efectividad. Dicho fenómeno es lo que se conoce como inclusión de no signatarios en el arbitraje. En Panamá, la decisión de la inclusión del no signatario depende del tribunal arbitral. No obstante, luego de emitido un laudo, partes de arbitrajes han solicitado su anulación porque el tribunal incluyó a un no signatario. En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de Panamá ha reconocido como regla general no incluir a no signatarios en un arbitraje con base a la relatividad de los contratos. No obstante, también ha reconocido que dicha regla tiene excepciones teniendo en cuenta la importancia de proteger la efectividad del proceso arbitral.

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Publicado

08-04-2024

Cómo citar

Sentencia de la sala cuarta de negocios generales de la corte supre ma de justicia de Panamá. (2024). Arbitraje. Revista De Arbitraje Comercial Y De Inversiones, 13(1). https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2340