¿Retando el concepto de validez?. La naturaleza jurídica del reconocimiento de laudos anulados
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n3a2462Palabras clave:
convención de nueva york, ART. V.1.E, ART. VII, jurisdicción primaria, jurisdicción secundaria, laudos anuladosResumen
El reconocimiento en 2013 en los EE UU de un laudo mexicano anulado por los tribunales mexicanos parece traer consigo la afirmación implícita de que es legalmente posible reconocer un laudo anulado. Esa afirmación, en sí misma, es un reto al concepto jurídico de validez, desde que significa que lo que ha sido declarado nulo puede, al mismo tiempo, ser válido para producir efectos jurídicos. El punto de este artículo es develar la naturaleza jurídica detrás del reconocimiento de laudos anula
dos. Para hacer eso, el artículo revisa nueve decisiones judiciales, de 1984 a 2013, y concluye que detrás del reconocimiento de laudos anulados hay tres hipótesis diferentes, cada una de ellas con una naturaleza distintiva y ninguna de ellas es un reto al concepto de validez jurídica.
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