El sometimiento a arbitraje de los contratos de permuta financiera (swaps)
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n2a2476Palabras clave:
CONTRATOS DE PERMUTA FINANCIERA SWAPS, CLÁUSULA DE ARBITRAJE, CALIDEZ, CONTRATO DE ADHESIÓNResumen
La cláusula de sumisión a arbitraje en los contratos de swap en principio es válida, aunque se en cuentre incluida en un contrato de adhesión, salvo que se trate de una condición general de la contratación y, o bien no se cumplan los requisitos de incorporación, o bien se haya contratado con un consumidor, pues en este segundo supuesto la cláusula se considera abusiva. Mayores problemas suscita la determinación del alcance de la cláusula, en cuanto a si la nulidad por vicios del consentimiento se entiende incluida en los casos de ejecución, cumplimiento e interpretación del contrato, que son los que comúnmente se vienen mencionando en la cláusula de sometimiento a arbitraje. Aunque la respuesta a esta cuestión no es absolutamente unánime, la postura mayoritaria de las Audiencias consiste en realizar una interpretación amplia del clausulado y de este modo entender incluidos también los casos de nulidad en el ámbito del arbitraje.
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Derechos de autor 2024 Celia Martínez Escribano
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