Sobre la aplicación del principio de estoppel en la práctica del CIADI
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n2a2485Palabras clave:
ESTOPPEL, PRINCIPIOS GENERALES, INVERSIONES EXTRANJERAS, ARBITRAJE INTERNACINAL DE INVERSIONE, CENTRO INTERNACIONAL DE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A LA S INVERSIONES (CIASI))Resumen
El objetivo principal de este estudio consiste en analizar la aplicación del estoppel en la práctica del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a las Inversiones (CIADI). Por un lado, en este análisis, se tiene en cuenta la particularidad del sistema del CIADI, como un sistema de arbitraje entre un Estado y un sujeto privado de otro Estado; y, por otro lado, el origen y naturaleza del estoppel. Como demuestra la práctica jurisprudencial y arbitral, la complejidad de este concepto repercute en su aplicación. Se manifiesta a través de múltiples formas: el estoppel by conduct, el estoppel by representation, el promissory estoppel, el proprietary estoppel, el estoppel by acquiescence, el estoppel by convention y otras. Puede invocarse como un principio del Derecho anglosajón y del Derecho internacional. Asimismo, el estoppel se aplica junto con conceptos fronterizos, tales como non concedit venire contra factum propium, la renuncia y el acto unilateral del Estado, y adopta tanto modalidad procesal como sustantiva.
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