Plures leges, sed leges faciunt arbitrum
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2258Palabras clave:
Sede del arbitraje, Consecuencias jurídicas de la elección de la sede, Etapa previa a la adjudicación, Fase de anulación, Reconocimiento y ejecuciónResumen
ResumenEl artículo analiza la importancia que siguen teniendo la sede y la lex loci arbitri en las distintas etapas del ciclo de vida de un arbitraje. Al mismo tiempo, el documento muestra que la ley de la sede del arbitraje no es la única ley que se impone en un determinado arbitraje. Más bien, pueden entrar en juego –y suelen hacerlo– diversas leyes nacionales de arbitraje.
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Publicado
03-04-2024
Número
Sección
Estudios
Licencia
Derechos de autor 2024 Revista Arbitraje; Franco Ferrari
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Cómo citar
Plures leges, sed leges faciunt arbitrum . (2024). Arbitraje. Revista De Arbitraje Comercial Y De Inversiones, 14(1). https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2258