Plures leges, sed leges faciunt arbitrum

Autores/as

  • Franco Ferrari

DOI:

https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n14.1a2258

Palabras clave:

Sede del arbitraje, Consecuencias jurídicas de la elección de la sede, Etapa previa a la adjudicación, Fase de anulación, Reconocimiento y ejecución

Resumen

ResumenEl artículo analiza la importancia que siguen teniendo la sede y la lex loci arbitri en las distintas etapas del ciclo de vida de un arbitraje. Al mismo tiempo, el documento muestra que la ley de la sede del arbitraje no es la única ley que se impone en un determinado arbitraje. Más bien, pueden entrar en juego –y suelen hacerlo– diversas leyes nacionales de arbitraje.

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01-07-2022

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