La inmunidad del Estado y el arbitraje administrativo internacional
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2395Palabras clave:
arbitraje y sector público, inmunidad de jurisdicción y de ejecución, antecedentes del arbitraje administrativo, orden públicoResumen
La inmunidad del Estado y el arbitrajeadministrativo internacional
El arbitraje en Derecho público ha evolucionado en España desde su completa prohibición en 1852. Los APPRIs han supuesto una palanca en la evolución del arbitraje en el que los Estados forman parte. El orden público internacional es la única norma imperativa que debe tenerse en cuenta para poder anular un laudo. Los tribunales locales prohíjan en ocasiones la acción de anulación para evitar un perjuicio a su país. La palabra del Estado cuando decide someterse a arbitraje, debe ser sagrada.
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Publicado
16-04-2024
Número
Sección
Estudios
Licencia
Derechos de autor 2024 Álvaro Soriano Hinojosa
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0.
Cómo citar
La inmunidad del Estado y el arbitraje administrativo internacional. (2024). Arbitraje. Revista De Arbitraje Comercial Y De Inversiones, 9(1). https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2395