El arbitraje de nuevo ante el Tribunal Constitucional ¿cambio de fundamento último constitucional?
DOI:
https://doi.org/10.31921/ArbitrajeRACI.n1a2303Palabras clave:
Arbitraje, Cuestión de constitucionalidad, Dignidad de la persona, Equivalente jurisdiccional, Seguros, Tribunal constitucional, Voto particularResumen
El arbitraje de nuevo ante el Tribunal Constitucional ¿cambio de fundamento último constitucional?
En el presente estudio, vamos a examinar la Sentencia 1/2018, de 11 enero 2018 dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional. Se produce como consecuencia de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con la posible inconstitucionalidad del art. 76 e) de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de
seguro.
Aunque la Sentencia sigue el camino habitual sobre la naturaleza del arbitraje, calificándola de “equivalente jurisdiccional” nos parece del mayor interés la calificación realizada por los tres Votos particulares, alguno de los cuales, dando un paso más, indica que realmente se trata de fundar el arbitraje sobre el art. 10 de la Constitución, esto es, de forma directa sobre la dignidad de la persona.
Lo cual abre nuevas posibilidades para el fundamento último de la institución arbitral.
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Derechos de autor 2024 Alvaro Soriano Hinojosa
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